Gabinete de Mediadores de Seguros

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COTIZADOR SEGURO PARA DRONES

Responsabilidad civil para aeronaves pilotadas por control remoto (drones)

Según la normativa vigente que regula las aeronaves no tripuladas o pilotadas por control remoto, debes contar con un seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros según los límites de cobertura establecidos por la Ley sobre Navegación Aérea.
Por ello, te ofrecemos nuestro Seguro de responsabilidad civil para drones, que te cubre:
• Los daños a las personas o cosas y los perjuicios económicos derivados directamente de ellos, involuntariamente causados a terceros por acciones o hechos directamente relacionados con las operaciones de aeronaves civiles pilotadas por control remoto (drones).
• La defensa y la reclamación de daños.

Desplegado: 168×184×64 mm

“Le informamos que el responsable del tratamiento de estos datos es GABINETE DE MEDIADORES DE SEGUROS S.L.U. y la finalidad del mismo es la gestión, estudio y resolución de las consultas efectuadas, encontrándonos legitimados para este tratamiento a través del consentimiento que nos está otorgando en este acto. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal. Usted certifica que es mayor de 14 años y que por lo tanto posee la capacidad legal necesaria para la prestación de este consentimiento y todo ello, de conformidad con lo establecido en la Política de Privacidad. Puede usted acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos pinchando aquí + info”

Desde 153,28 € anual

* Precio válido para las aeronaves civiles pilotadas por control remoto con un peso máximo de 2 kg que alcancen una altura máxima de 120 m y estén sujetas al alcance de la emisión por radio de la estación de control, o para las aeronaves por control remoto cuya masa máxima al despegue sea inferior a 7 kg, a una altura máxima sobre el terreno no mayor de 120 m, y a una distancia visual del piloto no superior a 500 m, según la normativa vigente.

 

 

 

 

 

 

 

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